Hacia un Código Aduanero único en la Unión Euroasiática

La noticia de la semana pasada ha sido la aprobación del borrador del nuevo Código Aduanero único de la Unión Económica Euroasiática (también conocida como Comunidad Económica Euroasiática, CEEA). Los primeros ministros de Rusia, Bielorrusia, Kazajistán, Kirguistán y Armenia, reunidos en Gorki, han dado el visto bueno al penúltimo paso antes de la aprobación definitiva del documento, prevista para el mes que viene, en ocasión de la reunión del Consejo Económico.

Jefes de Estado a la reunión de la CEEA

 

No han trascendido a la prensa las innovaciones que se introducirán con el Código Aduanero único. Parece clara la apuesta hacia la total digitalización de los certificados de exportación, así como la eliminación de barreras internas con el objetivo de estimular el comercio interior a la Unión, entre los países miembros. Clara también es la voluntad política de aunar esfuerzos para que los cinco países exporten más y de forma coordenada.

De cara a la empresa exportadora española, no está claro en qué medida el nuevo código será capaz de facilitar la circulación de productos extranjeros en la Unión Económica Euroasiática. De hecho, la propia Unión es una unión a medias, ya que por un lado existe una reglamentación tipícamente comunitaria, la normativa EAC o Eurasec, que es válida sólo para un número limitado de productos (los que se recogen en los Reglamentos Técnicos TR TS) y fuera de éstos, sigue vigente la normativa Gost en cada país. Esto origina un sistema algo esquizofrénico, en el cual, por ejemplo, los cables de baja tensión son de ámbito comunitario y los de alta de ámbito nacional.

Cuando un producto consigue el marcado EAC puede circular libremente por la Unión, pero si no existe esta posibilidad hay que enfrentarse a tantos procesos certificativos cuantos países en los que se quiera vender. En la práctica vemos que Cartas de Exención que se tramitan en Rusia pueden ser aceptadas en otro país de la Unión, pero en este caso y otros similares, estamos delante de cierta arbitrariedad que no es una buena noticia para el exportador.

Puestos a expresar algún deseo, nos gustaría que el nuevo código aduanero ampliara la lista de productos para los que se requiere un sencillo Registro Estatal o que, en determinadas materias, los Gost de un país de la Unión se pudieran aceptar en otro. ¿Es mucho pedir? Lo veremos el mes que viene.

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